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Monitoreo de extracciones efectivas de aguas subterráneas
¿Qué exige la norma 1238 de la DGA? La Resolución N°1238 con fecha 21 de junio de 2019 determina las condiciones técnicas y los plazos a nivel nacional para cumplir con la obligación de instalar y mantener un sistema de monitoreo y transmisión de extracciones efectivas en las obras de captación de aguas subterráneas y exige la utilización de sistemas de medición.
¿Quiénes deben cumplir con la obligación de instalar y mantener un sistema de monitoreo y transmisión de extracciones efectivas?
Los titulares de derechos de aprovechamiento de las zonas geográficas incluidas en resoluciones regionales de MEE (Monitoreo De Extracciones Efectivas) que se dicten, las cuales una vez publicadas en el Diario Oficial Gatillan los plazos para que el cumplimiento de la instalación del sistema e inicio de las transmisiones. También, aquellos titulares que hayan sido ordenados en otras resoluciones (constitución de derechos de aprovechamiento o de autorización de traslados), deberán registrar la obra en el software de MEE y cumplir con lo ordenado, hasta que se dicte una resolución de MEE para su zona geográfica.
¿Cuáles son las exigencias que los titulares deben implementar en sus obras para cumplir con la norma?
Los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas deberán instalar el Sistema De Medición y Transmisión de alguno de los niveles de exigencia y estándares señalados en resolución D.G.A. (exenta) N° 1238 de 21 de junio de 2019, que son los siguientes:
• caudal muy pequeño
• caudal menor
• caudal medio
• caudal mayor (opción ferosor)
¿Cómo saber qué nivel de exigencia se debe cumplir?
En la Resolución regional respectiva se indicarán los rangos de caudales para cada uno de los niveles de exigencia, que dependerá del caudal total de todos los derechos de aprovechamiento de agua que se ejercen en la obra de captación y que determinará cuáles son los sistemas de medición y transmisión, frecuencia de medición y transmisión y los plazos establecidos.

¿SABIA QUE?
La nueva norma 1238 de la dirección general de aguas exige instalar un sistema de medición y transmisión de extracciones efectivas de aguas subterráneas. De no cumplir con esta normativa se puede exponer a multas establecidas en el código de aguas. En ferosor contamos con el sistema Zeus Wells de telemetría y control para pozos profundos el cumple 100% con la normativa establecida. Contáctanos a riego@ ferosor.cl y asesórate con los mejores profesionales.
¿Qué ocurre si el titular del derecho de aprovechamiento no instala el sistema de medición en los plazos establecidos y no se registra en el software D.G.A. de monitoreo de extracciones efectivas?
Si un titular de derecho a quien se le haya ordenado, no se registra y no instala los Sistemas de Medición y Transmisión en los plazos establecidos, se expone a las multas establecidas en artículo 173 del Código de Aguas.